El NIA es la normativa sobre la responsabilidad del auditor, considerar las disposiciones legales y reglamentarias.
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de la responsabilidad que tiene el auditor de considerar las disposiciones legales y reglamentarias
en la auditoría de estados financieros. Esta NIA no es de aplicación en el caso de otros encargos que proporcionan un grado de seguridad en los que al
auditor se le contrata específicamente para comprobar el cumplimiento de disposiciones legales o reglamentarias específicas e informar al
respecto de manera separada.
Requerimientos:
Consideración por el auditor del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de la responsabilidad que tiene el auditor de considerar las disposiciones legales y reglamentarias
en la auditoría de estados financieros. Esta NIA no es de aplicación en el caso de otros encargos que proporcionan un grado de seguridad en los que al
auditor se le contrata específicamente para comprobar el cumplimiento de disposiciones legales o reglamentarias específicas e informar al
respecto de manera separada.
Requerimientos:
Consideración por el auditor del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias
- Al obtener conocimiento de la entidad y de su entorno de conformidad con la NIA 3154, el auditor adquirirá un conocimiento general del:
- marco normativo aplicable a la entidad y al sector en el que opera
- modo en que la entidad cumple con dicho marco.
- El auditor obtendrá evidencia de auditoría suficiente y adecuada con respecto al cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que, de forma generalmente admitida,
tienen un efecto directo en la determinación de las cantidades e información materiales a revelar en los estados financieros - . El auditor aplicará los siguientes procedimientos de auditoría con el fin de ayudar a identificar casos de incumplimiento de otras disposiciones legales y reglamentarias que
puedan tener un efecto material sobre los estados financieros:- indagar ante la dirección y, cuando proceda, los responsables del gobierno de la entidad, sobre el cumplimiento de dichas disposiciones legales y reglamentarias por parte de la entidad
- inspeccionar las comunicaciones escritas, si las hubiera, con las correspondientes autoridades que han concedido la licencia o son responsables de la regulación.
- Durante la realización de la auditoría, el auditor mantendrá una especial atención a la posibilidad de que otros procedimientos de auditoría aplicados puedan alertarle de casos
de incumplimiento identificados o de la existencia de indicios de un incumplimiento - El auditor solicitará a la dirección y, cuando proceda, a los responsables del gobierno de la entidad que le proporcionen manifestaciones escritas de que han revelado al auditor
todos los casos conocidos de incumplimiento o de existencia de indicios de un posible incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias cuyos efectos deban considerarse
en la preparación de los estados financieros. - En ausencia de incumplimientos identificados o de indicios deincumplimiento, no se requiere que el auditor aplique, en lo que respecta al cumplimiento de las disposiciones legales
y reglamentarias por la entidad
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